Caso LNP. Discriminación por género en el sistema de justicia en casos de violencia sexual
Instituto de Género, Derecho y Desarrollo (INSGENAR), Rosario, CLADEM, 2010. 120p.
discriminaci__n_por_genero_en_el_sistema_de_justicia.jpgLNP, joven indígena, viviendo con su familia en extrema pobreza en un pueblito aislado, sin recursos de comunicación ni transporte público, fue violada en octubre de 2003, a los 15 años, por 3 jóvenes «criollos» del pueblo, que la amenazan para que no los denuncie. Bajo presión de la comunidad, la policía recibe la denuncia, los acusados son detenidos y se abre la investigación. Pese a que en el juicio se prueba el acceso carnal por la fuerza, son todos absueltos en un proceso plagado de irregularidades, prejuicios de género y discriminación étnico-racial. Entre otros hechos: la víctima no contó con asesoría jurídica; el juicio, llevado en español, sin intérpretes, dificultó la comunicación de la víctima y los testigos; se preguntó a testigos si la víctima tenía novio y/o si el violador era el novio, y/o si ella ejercía la prostitución; testigos fueron descalificados por ser indígenas; los jueces, dudando del no consentimiento de la víctima, consideraron que no se debería «confundir la violación con la violencia propia del acto sexual» y que las heridas en ella se debían al «ímpetu con que se intenta la penetración» y a la «juventud del sujeto activo», y además de la ingesta alcohólica, que le produce «mayor desenfreno». Los empleados del poder público en esta región son «criollos» o descendientes de migrantes europeos, y el maltrato dado a la víctima y a su familia por la policía, el centro de salud y la Justicia obedece a un patrón habitual para con los aborígenes, a causa de tensiones étnico-raciales que tienen antecedentes históricos en la comunidad.