Prisión efectiva para «Pili» Rodríguez, Rubén Cervera y Maderna

Diario Rosario12 - 09/11/2014

"Pili" Rodríguez en el patio de los Tribunales Federales. Llegó a ser diputado provincial. Imagen: Alberto Gentilcore

Boleto directo a Marcos Paz

Por José Maggi

Los tres son acusados por el secuestro y las torturas del sindicalista Manuel Casado. Eran los interventores de San Lorenzo en la última dictadura militar. Casación Penal les rechazó un recurso extraordinario presentado por la defensa.

La Sala tercera de la Cámara Nacional de Casación Penal rechazó el recurso extraordinario presentado por las defensas de tres represores del cordón industrial, por lo cual se espera que esta misma semana queden efectivamente tras las rejas. Se trata del ex diputado Pedro "Pili" Rodríguez, y de los ex militares Horacio Maderna y Rubén Cervera, el trío que condujo la intervención militar al municipio de San Lorenzo, marco en cual secuestraron y torturaron al sindicalista Manuel Casado.

"Pili" Rodríguez fue quien como abogado y conocedor de gran parte del arco militante de los setenta prestó sus conocimientos para concretar los objetivos del grupo de represores. Tras la reapertura democrática de 1983, Rodríguez fue diputado provincial del PJ por Santa Fe, fue electo concejal en su ciudad aunque fue impedido de asumir y desde hace largos años es el abogado del sindicato de aceiteros.

El recurso rechazado fue presentado ante la sala : la III que en los primeros días de agosto de este año ratificara por unanimidad la condena de 8 años y medio de prisión por terrorismo de estado resuelto por el Tribunal Oral Federal Nº 1 de Rosario.

La condena al abogado Rodríguez y al ex jefe del Batallón 121 de Arsenales de Fray Luis Beltrán, Rubén Osvaldo Cervera (83), y al oficial superior de aquella unidad miltiar, Horacio Hugo Maderna (72), fue dictada por en agosto de 2013. Los jueces Otmar Paulucci, José María Escobar Cello y María Ivon Vella encontraron a los tres imputados responsables del secuestro de Casado durante alrededor de diez días en los que fue interrogado y torturado en la Municipalidad, el Batallón 121 de Arsenales y en la jefatura de la Policía de San Lorenzo. La víctima, sin embargo, no pudo presenciar el fallo condenatorio: murió dos meses antes. Casado era patrocinado por el abogado Gustavo Feldman.

En agosto de 2014 Casación había rechazado los recursos presentados por los tres condenados, y también el pedido del fiscal Gonzalo Stara para que cumplieran cárcel efectiva. El tribunal de alzada había considerado ﷓﷓aunque en fallo dividido﷓﷓ que la misma debería hacerse efectiva cuando quede firme, es decir cuando la propia Corte se avoque al tema si es que los defensores de los tres represores deciden apelar a esa última instancia. Hoy, luego de esa apelación rechazada por la misma Sala, no queda otra opción judicial que al cárcel común.

Según sostuvieron los jueces de la Sala III en agosto de este año al refrendar las condenas, "en concreto, la responsabilidad de los condenados fue fundada en diversos medios probatorios, cuya valoración se vio reflejada en el voto conjunto de los doctores Otmar Paulucci, José María Escobar Cello y María Ivon Vella, oportunidad en la que tuvieron en cuenta y evaluaron principalmente, entre muchos otros elementos, los testimonios de la víctima Manuel Ricardo Casado; de las hermanas de éste, Justa y Olga Casado; de Reynaldo Vivas, quien fuera el Intendente de la ciudad de San Lorenzo depuesto de su cargo por el personal militar luego del 24 de marzo de 1976; de Cristina Carnovale; de Martín Abalos; de Edilio Quiroga; de Juan Curatolo, quien fuera el Secretario de Obras Públicas de la Municipalidad de San Lorenzo; y de los periodistas de investigación, Carlos Del Frade y José María Maggi".

En consecuencia, "de todo lo relevado y expuesto, lo que así resulta evidente es que Cervera y Maderna, con el necesario e imprescindible aporte de Rodríguez formaron un grupo mancomunado a través del cual se privó de la libertad a Casado, que lo sometió a torturas e interrogatorios, y por ello la intervención de los nombrados en los hechos y la responsabilidad de cada uno de ellos resulta indiscutible".

Según remarcan los camaristas, "nadie racionalmente podrá negar el dolo de dichos delitos, cuando se probó que Cervera, Maderna y Rodríguez formaron parte del grupo que detuvo, secuestró, golpeó, amenazó, e interrogó bajo torturas a Casado".

En cuanto al pedido del fiscal Stara de hacer efectiva la condena con prisión inmediata, los doctores Eduardo Riggi y Liliana Catucci entendieron que no correspondía. Sin embargo, el tercer camarista, Juan Carlos Gemignani dijo que "debió dársele procedencia al reclamo efectuado por el titular de la vindicta pública, atento a que dentro de las facultades de apreciación que le indica la normativa vigente y la jurisprudencia de nuestro Máximo Tribunal, los sentenciantes debieron valorar la gravedad y naturaleza de los delitos por los que resultaron condenados Cervera, Maderna y Rodríguez, así como la pena que finalmente les impuso, incluso su modalidad de cumplimiento".

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