Por primera vez la justicia condenó a militares en el marco de una asociación ilícita continental

Agencia de noticias Andar - 29/05/2016

Militantes de los derechos humanos, familiares y amigos de las víctimas aguardan la sentencia del Plan Cóndor. FOTO: David Fernández, EFE

ANDAR en los juicios

(Agencia) El viernes 27 de mayo desde las 17 en la sede de Comodoro Py se realizó la audiencia final del megajuicio conocido como Plan Cóndor en el que se ventilaron los crímenes de lesa humanidad cometidos desde la coordinación represiva de las dictaduras de Sudamérica en los años 70. El resultado principal de la sentencia dictada por el tribunal fue el reconocimiento de esa articulación como una asociación ilícita organizada para perseguir y eliminar a disidentes políticos.

En este sentido, los jueces del TOF 1 –integrado por Adrián Federico Grünberg, Oscar Ricardo Amirante y Pablo Gustavo Laufer y el juez sustituto Ricardo Angel Basílico- resolvieron condenar a 15 de los 32 imputados que tuvo el juicio desde el comienzo en 2013,  y absolvieron a 2 de ellos (Juan Avelino Rodríguez y Carlos Tragant). Los demás, incluido Jorge Rafael Videla, murieron antes de llegar a la instancia de sentencia, por lo que su juzgamiento se volvió abstracto.

Durante la breve audiencia final estuvieron presentes la reconocida madre de Plaza de Mayo Línea Fundadora e integrante de la Comisión Provincial por la Memoria, Nora Cortiñas,  y el presidente del Centro de Estudios Legales y Sociales, Horacio Verbitsky, además de un centenar de referentes y militantes de los derechos humanos, familiares y amigos de las víctimas.

Desde el CELS señalaron que, en principio, fue una condena importante la resuelta por los magistrados del TOF 1 teniendo en cuenta que en el juicio no se incluyó la figura penal de homicidio.

Según Verbitsky, “los delitos de privación ilegítima de la libertad y los tormentos agravados fueron considerados como cometidos dentro de una asociación ilícita a raíz de lo cual fueron condenados una serie de militares argentinos del Ejército, de Marina y de la Secretaría de Informaciones, y un uruguayo, el coronel Manuel Cordero, responsable de los crímenes cometidos  contra la familia Gelman”.

“La trascendencia enorme de este fallo es que por primera vez el Plan Cóndor, que funcionó a escala continental, tiene una sanción judicial y es declarado como una asociación ilícita. Por otra parte, nosotros hemos pedido al tribunal que en los casos de víctimas por los que no se pudo llegar a una condena por fallecimiento de los imputados –como ocurre con Videla-, se dicte en función del derecho a la verdad el reconocimiento de que hubo personas que fueron víctimas del Plan Cóndor aunque no se haya podido juzgar al responsable”, agregó el Presidente del CELS.

A continuación, los condenados y las penas impuestas:

-Santiago Omar Riveros: 25 años de prisión e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el doble de tiempo de la condena.

-Miguel Ángel Furci: 25 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua.

-Reynaldo Benito Bignone: 20 años de prisión e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el doble de tiempo de la condena.

-Eduardo Samuel De Lío: 12 años de prisión e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el doble de tiempo de la condena.

-Humberto José Román Lobaiza: 18 años de prisión e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el doble de tiempo de la condena.

-Enrique Braulio Olea: 13 años de prisión e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el doble de tiempo de la condena.

-Luis Sadi Pepa: 12 años de prisión e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el doble de tiempo de la condena.

-Rodolfo Emilio Feroglio: 20 años de prisión e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el doble de tiempo de la condena.

-Carlos Caggiano Tedesco: 12 años de prisión e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el doble de tiempo de la condena.

-Antonio Vañek: 13 años de prisión e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el doble de tiempo de la condena.

-Eugenio Guañabens Perelló: 13 años de prisión e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el doble de tiempo de la condena.

-Felipe Jorge Alespeiti: 12 años de prisión e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el doble de tiempo de la condena.

-Manuel Cordero Piacentini: 25 años de prisión.

-Néstor Horacio Falcón: 12 años de prisión e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el doble de tiempo de la condena.

-Federico Antonio Minicucci: ocho años de prisión.

Cabe aclarar que en el juicio se ventilaron los delitos de privación ilegítima de la libertad e imposición de tormentos agravados perpetrados sobre 105 personas, de las cuales 45 eran uruguayas, 22 chilenas, 13 paraguayas, 11 bolivianas y 14 argentinas. Se integraron 4 causas penales: la 1504, la 1951, la 2054 y la 1976, y los delitos cometidos fueron considerados cometidos en el marco de la asociación ilícita denominada Plan Cóndor.

El aporte de la CPM al juicio

En abril de 2015 declaró ante el TOF 1 la directora del Programa Justicia por Crímenes de Lesa Humanidad de la CPM, Claudia Bellingeri, quien explicó la vasta documentación del archivo de la exDIPPBA en torno a la persecución, secuestro y desaparición de latinoamericanos en Argentina.

Sobre la mayoría de las 211 víctimas del Plan Cóndor incluidas en el juicio se encontraron fichas y legajos en la exDirección de Inteligencia de la Policía bonaerense: “Hemos aportado 194 fichas y 1196 legajos a este juicio, a partir de una investigación documental que cada vez se fue haciendo más importante sobre la relación que existía entre las agencias de inteligencia de otros países y las de nuestro país”.

“El Plan Cóndor fue la aplicación de la doctrina de Seguridad Nacional en la región, como parte de una estrategia de dominación y represión. En definitiva fue un plan doctrinario y de ejecución para el cono sur. Los militares argentinos colaboraron con las represiones en Paraguay, Brasil, Chile, Uruguay mediante las relaciones bilaterales de intercambio de información, de prisioneros y de persecuciones, y este juicio examina esas relaciones”, explicó Bellingeri en aquella oportunidad.

En relación a partidos políticos y organizaciones populares perseguidos en Argentina, la CPM aportó documentación sobre el Movimiento de Liberación Nacional de Uruguay, Tupamaros, el Grupo de Acción Unificada (GAU), el Partido Revolucionario de los Trabajadores de Uruguay, la Junta Coordinadora Revolucionaria, que integró a fuerzas populares de la región –la Junta Militar argentina la incluyó expresamente en una directiva como organización a perseguir- el Partido Revolucionario de Bolivia, el Movimiento Popular Colorado del Paraguay, el Partido Revolucionario de Febrero, de Paraguay, el Ejército Popular paraguayo y el partido liberal paraguayo, entre muchos otros.

También los organismos de derechos humanos fueron perseguidos por las agencias de inteligencia argentinas: hay una carpeta en torno al alto comisionado de Naciones Unidas para los refugiados, así como documentos sobre Amnistía Internacional y sobre el Comité argentino en Chile, entre otros.

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