Córdoba: absolvieron a tres ex militares acusados por el homicidio de presos políticos
20/04/17 - fiscales.gob.ar
En el debate se juzgó la responsabilidad del ex jefe del Regimiento de Infantería Aerotransportada II Víctor Pino Cano; del ex teniente Enrique Pedro Mones Ruiz, y del ex subteniente Luis Alberto López, para quienes la Fiscalía había pedido, respectivamente, perpetua, absolución y doce años de prisión.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de Córdoba absolvió ayer a tres ex militares en el juicio que se les seguía por crímenes de lesa humanidad cometidos contra un total de trece presos políticos que fueron sacados de la Unidad Penitenciaria N°1 (UP1) de Córdoba y asesinados en diferentes procedimientos fraguados en 1976.
Los jueces Julián Falcucci (presidente), José Vicente Muscará y José Camilo Quiroga Uriburu resolvieron las absoluciones del ex jefe del Regimiento de Infantería Aerotransportada II Víctor Pino Cano; el ex teniente de esa misma unidad Enrique Pedro Mones Ruiz, y del ex subteniente Luis Alberto López.
El 5 de abril pasado, el fiscal general Maximiliano Haraibeidian y el fiscal ad hoc Facundo Trotta habían solicitado la pena de doce años de prisión para López, a quien acusaron en carácter de cómplice secundario. Requirieron, además, la absolución de Mones Ruiz, por considerar que no había pruebas suficientes sobre su actuación directa en los fusilamientos perpetrados fuera de la UP1, y la aplicación de una pena de prisión perpetua para Pino Cano. Sobre este último, la Fiscalía también pidió la absolución de algunos hechos, dado que -al momento de la comisión de esos crímenes- no se probó que subordinados del acusado hubieran participado en los crímenes.
La Fiscalía anticipó que aguardará a conocer los fundamentos del fallo, que se darán a conocer el próximo 26 de abril, para evaluar si recurre la decisión ante la Cámara Federal de Casación Penal.
Los hechos que se juzgaron en este debate, que comenzó el 8 de marzo pasado, ya habían sido objeto de juzgamiento en la denominada causa "Videla" o "Alsina", en 2010. En aquella oportunidad, el tribunal condenó al ex dictador Jorge Rafael Videla y a otros 22 acusados por los homicidios y tormentos aplicados a 31 presos políticos detenidos en la UP1.
La principal discusión en el juicio concluido ayer fue entonces determinar si Pino Cano, Mones Ruiz y López habían participado de cuatro episodios con un total de 13 víctimas. En efecto, en la audiencia preliminar, cuando las partes y el tribunal se pusieron de acuerdo sobre la citación de los testigos, las defensas particulares expusieron que no iban a controvertir los hechos, sino sólo la participación de sus defendidos.
Al momento de exponer las conclusiones en el alegato, la Fiscalía destacó que a diferencia de otras causas en las que se juzgan crímenes de lesa humanidad, en donde en general los procesamientos y requerimientos de elevación a juicio vienen confirmados por las instancias superiores, ésta tenía la particularidad de que en la investigación no hubo coincidencia de criterios en cuanto a la participación de los acusados en los hechos, pues la entonces jueza federal Cristina Garzón de Lascano había dispuesto el sobreseimiento de Pino Cano, Mones Ruiz y López. Esa decisión fue modificada por la Cámara Federal de Apelaciones, que determinó la realización del debate.
Por otro lado, inicialmente se previó que en este juicio se juzgara la responsabilidad del ex policía de inteligencia Herminio Jesús Antón, quien se encuentra acusado de la aplicación de tormentos a otras cuatro víctimas que estuvieron secuestradas en el Departamento de Informaciones, el D2, donde revistaba el imputado. El juicio comenzó sin Antón, aunque se esperaba que su incorporación se produjera durante el curso del debate. No fue posible dado los problemas de salud que atraviesa.