Una madre que no puede salir del país
Un expediente involucra a la madre de Alfredo Astiz en una posible supresión de identidad. María Elena Vázquez de Astiz es investigada porque en 1977 entregó un bebé a un albañil que trabajaba en su casa de Mar del Plata. Dijo que era hijo de su empleada doméstica. Los cruces con el BNDG no dieron resultados positivos.
Astiz, represor de la ESMA condenado por crímenes de lesa humanidad. Imagen: DyNDiario Página12 - 08/03/2012
Por Alejandra Dandan
La madre de Alfredo Astiz podría quedar detenida. María Elena Vázquez de Astiz es investigada por el supuesto delito de sustitución y supresión de la identidad de un niño que, en 1977, entregó a un albañil que trabajaba en su casa de Mar del Plata. Al resolver un incidente de la causa, los camaristas federales de la ciudad Jorge Ferro, Alejandro Tazza y Alejandro Castellanos le prohibieron a la mujer la salida del país y a pedido del fiscal Daniel Adler revocaron un pedido de eximición de prisión. En la causa ya se hicieron los cruces con las muestras del Banco Nacional de Datos Genéticos del Hospital Durand y dieron negativos.
En Mar del Plata el caso es conocido porque es conocida la permanencia de los padres de Astiz entre los residentes temporarios de la ciudad. En 1977, según el expediente, Bernardo Astiz y su mujer ofrecieron un niño recién nacido a un maestro mayor de obras que trabajaba en su casa. El hombre que contó lo que sucedió en su declaración explicó que la mujer le preguntó si tenía hijos. El dijo que no, que su mujer no podía quedar embarazada y que estaban haciendo un tratamiento. En ese momento, la madre del marino le explicó al obrero que su empleada doméstica había quedado embarazada en una relación extramatrimonial, que no podía tener a la criatura y se lo ofreció. También les dio el nombre y la dirección de una partera. El albañil y su mujer fueron a buscar al niño; recibieron un certificado en el que estaba inscripto como hijo de ellos y luego volvieron a recibir una llamada de la madre de Astiz para comprobar que todo hubiese salido bien.
En su declaración, aquel albañil, de condición muy humilde y con voluntad de declarar, contó todavía más: explicó que María Elena Vázquez les preguntó en ese mismo momento si iban a bautizarlo; ellos le dijeron que lo harían al cabo de un mes y al cabo de un mes volvieron a recibir el llamado de la dama que asistió a la ceremonia de bautismo.
Abuelas de Plaza de Mayo de Mar del Plata intervino en la causa en un primer momento, a partir de una denuncia que recibieron en la institución. Las abogadas Estela Murgier y Yamila Zabala Rodríguez siguieron el expediente llamado “Causa Roldán”, iniciado por la tía de Delia Garaguzzo, detenida desaparecida que permaneció embarazada en la Base Naval. El único dato que conectaba las dos situaciones era la fecha del posible parto, en un contexto en el que muchas de las embarazadas de la base eran trasladadas a la Escuela Mecánica de la Armada para los nacimientos. Cuando la causa avanzó, se hicieron los cruces con el Banco Nacional de Datos Genéticos, que descartó las filiaciones con las familias que dejaron su sangre. Abuelas se apartó del expediente, pero la investigación continuó en manos del fiscal Claudio Kishimoto y del juez subrogante Rodolfo Pradas.
Kishimoto pidió el procesamiento de la madre de Astiz y la prisión. Pero Pradas se opuso, aceptó un pedido de eximición de la defensa y le dictó falta de mérito. En ese contexto intervino el fiscal federal ante la Cámara, Daniel Adler, para reforzar la posición de Kishimoto y dar elementos que explican uno de los temas de fondo que se debate en esta causa: “La supresión del estado civil es un delito permanente que no prescribe”, dijo el fiscal en la audiencia ante la Cámara. “Y no prescribe mientras permanece la incertidumbre de no saber quién es la persona. En este caso, no importa que sea de lesa humanidad o no porque lo que se dice es que esa figura delictiva es la que no prescribe”.
Dicho esto, la intervención de la madre de Astiz también deja abierta las sospechas a que pueda tratarse de una causa cometida en el marco del terrorismo de Estado y, por lo tanto, imprescriptible de por sí. “No se puede desvincular esto en atención a la relación que unía a la imputada con Astiz. Para la Justicia no es indiferente esa cuestión, sobre todo teniendo en cuenta la pluralidad de elementos que están surgiendo en la causa de plan sistemático: al momento de los hechos, Alfredo Astiz revistaba en la ESMA y no podemos suprimir la posibilidad de que el Estado investigue este hecho en el que hay fuertes indicios de que pueda tratarse de un caso de lesa humanidad.”
Ahora, la causa volverá a la primera instancia y será el juez Santiago Inchausti quien la tenga en manos porque asumió como titular. También quedó a cargo del fiscal Pablo Larriera.
En la causa de Plan Sistemático, Astiz no aparece directamente como “entregador” de niños robados. Hay, en cambio, otros elementos que pueden alimentar las sospechas: la relación casi orgánica de la Base Naval con la ESMA para el traslado de embarazadas y, como antecedente, un caso algo similar. Si bien es cierto que en la mayor parte de los casos quienes entregaron a los niños fueron militares u hombres de las fuerzas de seguridad asociados a los centros clandestinos o que intervinieron en los secuestros, hubo un caso en el que quien entregó al niño fue la mujer de Samuel Miara. O un caso en el que en Campo de Mayo un represor le dio un niño (Horacio Pietragala) a su empleada doméstica.
Hasta ahora, lo que dijo la madre de Astiz en su defensa no convenció a los fiscales. Acompañada por su hija, aquella que solía estar presente en los juicios orales de la ESMA, al comienzo negó toda relación con el albañil. Luego dijo que no se acordaba de nada y más tarde cambió la declaración. Dijo que el niño no era de la mucama, sino de la empleada de unos conocidos. Argumentó que los conocidos no estaban ubicables porque estaban en el Sur y después en alguna otra provincia.