La Justicia condenó a Lofiego y Díaz Bessone a cadena perpetua
Ramón Díaz Bessone, ex comandante del II Cuerpo de Ejército, y el ex policía José Rubén Lofiego fueron condenados a cadena perpetua, por crímenes cometidos en el Servicio de Informaciones de la ex Jefatura de policía. El Tribunal Oral Federal 2 de Rosario, también condenó a los ex policías Mario Marcote (25 años de cárcel), Ramón Vergara (12 años) y José Carlos Scortecchini (10 años). En cambio, fue absuelto Ricardo Chomicky el civil sindicado por los sobrevivientes de colaboracionista de la patota del jefe policial Agustín Feced.
Tras sus abogados, los acusados Chomicky, Vergara, Marcote, Lofiego y Scortecchini. Díaz Bessone siguió la audiencia desde una sala contigua.Diario La Capital - 27/03/2012
Por Jorge Kaplán
La pequeña sala de audiencias del Tribunal se colmó rápidamente de testigos, sobrevivientes y querellantes, junto a algunos funcionarios como el gobernador Antonio Bonfatti, su antecesor Hermes Binner, y la presidenta de la Corte Suprema de Santa Fe, María Angélica Gastaldi. En el bulevar Oroño, frente a la sede judicial, organismos de DDHH organizaron una nutrida concentración que siguió la lectura del fallo a través de pantallas.
La presidenta del TOF2, Beatriz Caballero de Barabani fue la encargada de leer la sentencia, flanqueada por los jueces Otmar Paulucci y Jorge Venegas Echagüe.
El Tribunal condenó a cadena perpetua a Díaz Bessone por encontrarlo autor mediato de los delitos de homicidio agravado por alevosía, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar su impunidad, en concurso real con el delito de privación ilegal de la libertad calificada en perjuicio de Sonia González, Rut González, Osvaldo Matoski Severín, Carlos Ignacio Kruppa, Pedro Paulón, Oscar Manzur, Cristina Cialcetta, Roberto De Vicenzo, Estrella González, Héctor Vitantonio, Antonio López y Miriam Moro; en concurso real con el delito de homicidio agravado de Alejandro Stancanelli. El ex militar también fue encontrado culpable de privación ilegal de la libertad en perjuicio de 40 personas, y asociación ilícita.
Lofiego fue condenado también a perpetua por homicidio calificado por alevosía, privación ilegal de la libertad calificada y tormentos calificados por aplicarse contra perseguidos políticos, en perjuicio de Oscar Manzur. También por privación ilegal de la libertad y tormentos seguidos de muerte en perjuicio de Alberto Tion; y por privación ilegal de la libertad y tormentos calificados en perjuicio de 58 personas, además de cuatro privaciones ilegales de la libertad más y asociación ilícita.
El Tribunal aplicó una pena de 25 años de prisión a Marcote por 21 casos de privación ilegal de la libertad y tormentos, y cinco casos más de privación ilegal de la libertad, y asociación ilícita. A Vergara le aplicó 12 años de prisión por 18 privaciones ilegales de la libertad y tormentos, y asociación ilícita. Scortecchini fue condenado a 10 años de prisión por seis casos de privación ilegal de la libertad, tormentos y asociación ilícita.
En cambio, Chomicky fue absuelto. El sindicado colaboracionista, según alegó en el juicio, fue detenido por la patota, torturado y luego reducido servidumbre, versión que se contrapone con diversos testimonios de sobrevivientes. Tanto la Fiscalía como la querella de Hijos descartaron hacerle una imputación, mientras que la querella de Familiares sostuvo la acusación.
El Tribunal calificó a todos los hechos probados como crímenes de lesa humanidad y también ordenó que los condenados cumplan sus penas en cárceles comunes del Servicio Penitenciario Federal. En el caso de Díaz Bessone, se ordenó que se lo mantenga en prisión domiciliaria, y sea remitido a cárcel común "una vez que quede firme" la sentencia y "previo análisis de su estado de salud". Los fundamentos se conocerán el 29 de mayo próximo.